Artículo de opinión sobre el Juez Serrano en Republica.com
OPINIÓN
El Juez Serrano
Al juez Serrano se la tenía jurada el feminismo radical pues recopilaba datos sobre esas escandalosas e innecesarias detenciones por hechos de escasa gravedad cuando no había el menor peligro de fuga o destrucción de pruebas. Algunas detenciones podrían tipificarse como delito de prevaricación –esta consideración es mía- porque tal medida cautelar no debe utilizarse para descalificar públicamente a quien, una vez esposado, ya será siempre un maltratador. La preocupación por la dignidad de las personas, incluidos los varones, y por la presunción de inocencia está presente en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal cuando ordena que la detención y prisión se practiquen “en la forma que menos perjudique al detenido o preso”.
El juez Serrano llegaba en su osadía hasta preocuparse también por las agresiones de mujeres a sus parejas (con o sin resultado de muerte), por los altercados mutuos, por las denuncias falsas y por otros hechos no muy gratos al pensamiento políticamente correcto sobre la violencia en la pareja. Y pronunciaba conferencias. No sé si, además, se atrevió a pedir –como yo he hecho en más de una ocasión- un estudio serio acerca de las causas de tantos asesinatos acompañados del suicidio del varón o de su inmediata entrega a la policía. No faltan observatorios con medios suficientes para abordar la tarea, y es obvio que el problema no se resuelve con unas órdenes de alejamiento que de poco sirven cuando el femicida se aviene a pagar con su propia vida. El juez Serrano nunca puso en duda la necesidad de luchar contra la violencia de sexo (lo de género no es gramaticalmente muy correcto), pero sabía que el fin no justifica los medios, ni siquiera para combatir el terrorismo de ETA.
Según dos de los tres magistrados que le condenaron en la Audiencia Provincial de Sevilla por prevaricación, su delito consistió en haber accedido a prolongar veinticuatro horas la estancia de un niño con su padre para que pudiera asistir con él a una procesión de Semana Santa. Algo lo suficientemente grave, al parecer, como para inhabilitar al juez durante dos años, bastante menos –hay que reconocerlo- de los veinte que pedía la acusación particular. El fiscal solicitó la absolución y parece que recurrirá ante el Tribunal Supremo. La condena contó con dos votos a favor y uno en contra. Sin la acusación particular de la madre del niño no habría habido condena.
Confío en que el Tribunal Supremo revoque la sentencia y absuelva al Juez Serrano con todos los pronunciamientos favorables, como suele decirse, pero quisiera terminar con algunas preguntas. ¿No habría puesto el acusado, equivocándose o no, el interés del niño por encima del de sus progenitores? ¿No podría haberse compensado a la madre dándole unas horas de más en el próximo turno? ¿Alguien cree que habría habido condena si en lugar del padre hubiera sido la madre quien hubiese solicitado y obtenido esas veinticuatro horas de más para que el niño pudiera asistir a una procesión en Sevilla? Pero hay otras interrogantes mucho más graves. ¿Qué pensará el hijo, ahora y en el futuro, de todo esto? ¿A quién pasará factura? ¿A su padre, a su madre o al juez Serrano?
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